Permite trasladar la información detallada de las compras del sistema de la compañía,al Sistema Angelnet, por medio de archivos planos o archivos tipo Excel, evitando la digitación de la información de compras.

Este módulo a perdido mucha parte de su aplicabilidad, por la siguiente resolución, la cual obliga a tener la información en pocas horas cargada en el sistema, por tanto casi siempre digitan directamente la compra en Angelnet y la trasladan al software que maneje la compañía.

Teniendo en cuenta lo que dice el artículo 3 en la resolución 107, dice así:

“Artículo 3, Termino para la expedición del Certificado al Proveedor, El certificado al Proveedor debe ser expedido por la Sociedad de Comercializadora Internacional, al momento en que se reciba la mercancía y se expida por parte del proveedor la factura o documento equivalente en los términos establecidos en la normatividad vigente; siempre que se cumplan en su conjunto las dos condiciones, independiente de cuál de los eventos ocurra primero.”